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Marrakech en vigencia: los formatos accesibles no pagan derecho de autor

26/11/2020

Con 233 votos positivos y ninguno negativo en Diputados, el Congreso argentino aprobó la ley que implementa el Tratado de Marrakech. A partir del 11 de noviembre la eximición de los derechos de autor para obras en formatos especiales para personas con discapacidad es un derecho. El Poder Ejecutivo deberá ahora promulgar en la Argentina la normativa que el Tratado de Marrakech exige a los países que son miembros.

El tratado se logró a partir de una campaña de la Unión  Mundial de ciegos, en la que hemos sido ejemplo y actores fundamentales, ya  que en el año 2008 se convocó a Tiflonexos por ser un caso en acción de lo que se quería promover a través del tratado. El trabajo se centró en:

  • Lograr que aquellos países que hasta el momento no tenían excepciones en derechos de autor en sus leyes nacionales (2/3 de los países del mundo) las incorporen como herramientas para facilitar la producción de obras en formatos accesibles.

  • Permitir el libre intercambio de libros accesibles entre países, lo cual es fundamental para poner en común el material disponible y hacer redes entre organizaciones, bibliotecas e instituciones educativas de todo el mundo.

Desde Tiflonexos participamos en todo el proceso que llevó a generar este importante cambio en el marco legal nacional e internacional.

En junio de 2013 la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual – OMPI - adoptó el tratado y en marzo de 2015 Argentina se incorporó como miembro. Allí comenzó el proceso de adaptar la legislación nacional al nuevo tratado. El proyecto de ley que se aprobó recientemente se elaboró entre los años 2016 y 2017 con la participación de organizaciones de discapacidad visual, auditiva y cognitiva. En el año 2018 logró entrar en el Congreso para iniciar el proceso legislativo que culminó exitosamente en estos días.

¿Qué implica esta ley?

  • Mejora la excepción al derecho de autor para la realización de libros accesibles sin la necesidad de pedir permisos o pagar derechos.

  • Permite el intercambio internacional de obras. En Argentina se podrá acceder no solo a libros en otros idiomas, necesario para las personas con discapacidad que estudian otros idiomas y partituras para quienes estudien música. También será posible acceder a los libros producidos en España por la ONCE o los audiolibros de la fundación Braille del Uruguay y de otras organizaciones que comparten obras a través de la plataforma global de Libros Accesibles del Consorcio de Libros Accesibles de la OMPI, del que Tiflonexos forma parte desde 2017. Es decir, que a partir de que esta ley entre en vigencia, vamos a poder brindar nuevos libros a nuestros usuarios, provenientes de otros orígenes.

Es importante remarcar que nuestro trabajo articulado con otras organizaciones que trabajan en acceso a la lectura para diferentes discapacidades, como Canales y Lengua Franca posibilitó crear una definición de beneficiario amplia, que incluye también a las personas con discapacidades cognitivas y auditivas, lo que abre las puertas a producir, sin barreras en cuanto al derecho de autor, videolibros y textos en lectura fácil.

Es decir, que desde ahora en Argentina las eximiciones contemplan a todas las personas con discapacidad que necesitan trabajar con libros accesibles de manera libre y dentro del marco de la ley.


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